¿Cuál es la diferencia entre un contrato por prestación de servicios y uno laboral?

Porque el público lo pidió, voy a explicar de una maldita vez por todas, cuál es la diferencia que hay cuando uno trabaja como freelance (prestación de servicios) y como empleado (laboral).


Para que no les sigan viendo la cara.

(Y también para que pongan a sus jefes a leer este post cuando se les olvide lo que iban a decirles).

¡La guachafita se les acabo!


Ese rollo de contratar engañar a diseñadores, comunicadores, publicistas, relacionistas públicos y otros profesionales tiene que terminar.


¿Muy emprendedor? ¿Muy generador de empleo?

¡Pues hágalo bien y de forma legal hpta!

Perdón. Me exalté.

La excusa de "es que soy emprendedor y no tengo para pagar la seguridad social de mis empleados, ni darles prima, ni beneficios" es completamente válida.

Si no, pregúntele a Steven Paul Jobs cómo hacía con sus primeros amigos/empleados en el garaje de los papás.

Lo que sí es un completo descaro es contratar a la gente por medio de prestación de servicios y hacerla cumplir con cosas que son única y netamente propias de un contrato laboral.

¿Se imaginan que a un empleado que va todos los días de 8 a 5 de lunes a viernes a una oficina y cumple al pie de la letra las órdenes de su jefe inmediato no le pagaran prima, prestaciones, salario, ni una parte de la seguridad social?

¡Pues es lo que están haciendo las agencias, empresas y hasta entidades del Estado!

Eso mismo, amigos.

Eso se conoce como subordinación.

Apréndanselo bien: SU-BOR-DI-NA-CIÓN.


Si hay subordinación (cumplimiento de horarios de entrada y salida, asistencia a un lugar de trabajo y órdenes directas a seguir de forma permanente como subordinado), realmente se trata de un contrato laboral.

No uno por prestación de servicios.

Dicho en otras palabras, es como tener la mamá, pero muerta.

*Por cierto, hoy exactamente cumple un año de fallecida la mía :'(

prestacion-servicios-contrato
No recibimos prima, pero nos la gozamos

El caso es que muchas agencias se dedican a ocultar (bajo un contrato por prestación de servicios) una relación laboral. 

Y eso las obliga al pago de todas las prestaciones sociales.

Pero no sólo pasa en las agencias de apartamento.

En el Estado pasa lo mismo, las entidades no pueden contratar gente y ponerla a realizar labores propias de un empleado/funcionario público.

¡Ahí existe una relación laboral!

Así que el empleado puede demandar ante un juez laboral, declarando la existencia de una relación de trabajo.

Y ahí se haría necesario el pago de las prestaciones sociales y las indemnizaciones pertinentes.

De hecho, es algo muy heavy y los contratistas que están demandando a las entidades del Estado, ¡están ganando!

BAIA, BAIA.

El teletrabajo autónomo, freelancing, prestación de servicios y cosas por el estilo, vienen siendo prácticamente lo mismo.

Así como un contrato laboral a término indefinido, fijo, verbal, escrito y otros parecidos son la misma vaina (con ciertas diferencias).

Explicado con plastilina, cuando a alguien lo contratan bajo la modalidad de prestación de servicios y luego lo cogen de bobo y sufre subordinación, automáticamente, ese contrato pasa a ser laboral.


¿KHEEEEEE?

Sin importar qué nombre le hayan puesto a dicho documento.

Otra cosa, a un freelancer no se le mide su trabajo por horas, se le mide por objetivos, entregables, trabajos finalizados, proyectos, etc.

Eso de "horas hombre" es para los que marcan silla fingiendo que trabajan (sencillamente porque les toca).

Así que ya saben, el mundo está cambiando, chiquillos.

El campo de la publicidad y la comunicación (ahora digital) ya no es como lo muestran en MAD MEN.

¡Uy, así qué chiste!

El futuro de este rollo depende de nosotros, los 'millennials' (treinteenagers) y de la generación mucho más PRO que nos sigue, 'la generación Z'.

Por cierto, yo ya me subí al bus y les cuento que me voy a meter de lleno como community manager freelance.

A mitad del 2017 me voy a ir a vivir a Medellín y seguiré trabajando con clientes de Bogotá y de allá.


Si me quieren contratar, acá está toda la info.

La idea de este post es plantarles cara a esos dueños de empresas, agencias y entidades que se hacen los güevones con las condiciones de un contrato, sea cual sea.

Y para aplaudir y felicitar a los que sí hacen las cosas bien y son conscientes de lo que pueden ofrecer a sus empleados o contratistas que al final son quienes sacan adelante sus sueños.

En resumen, la diferencia entre un contrato laboral y un contrato por prestación de servicios es la misma que hay entre un matrimonio y una unión libre.

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